tributos
TISH
Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene: tributo municipal sobre el local habilitado.
La TISH (Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene) (en algunas jurisdicciones llamada Tasa de Comercio e Industria, Tasa de Habilitación o Tasa por Servicios Comerciales e Industriales) es el tributo Nivel municipal que paga todo titular de un local habilitado para desarrollar una actividad económica.
Quién paga
Cualquier persona humana o jurídica que ejerza una actividad comercial, industrial o de servicios en un local físico habilitadodentro del ejido municipal. Sin local físico habilitable (consultoría remota, e-commerce sin depósito propio, etc.), la mayoría de los municipios no pueden exigirla.
Base imponible
Casi todos los municipios la calculan sobre los ingresos brutos obtenidos en la jurisdicción municipal: la misma magnitud que ya se declara para Ingresos Brutos provincial, recortada al territorio del municipio.
Si el contribuyente tributa por Convenio Multilateral, el coeficiente municipal se calcula con criterios análogos al provincial.
Alícuotas
- Alícuotas diferenciales por actividad, definidas en la ordenanza tarifaria de cada municipio. Rangos típicos entre 0,5% y 2% sobre los ingresos.
- Mínimos mensuales por categoría / metros cuadrados / personal, que actúan como piso aunque la actividad no genere ingresos.
Formulario y pago
- Habilitación previa del local: trámite ante la oficina de Comercio del municipio, con planos, certificado de bomberos, categorización de rubro y verificación de uso del suelo.
- DDJJ mensual: el contribuyente declara los ingresos del mes y paga la tasa correspondiente. Cada municipio tiene su propio sistema (web, formulario en papel o aplicativo).
Vencimientos
Mensuales, según calendario publicado por cada municipio. Suelen coincidir con la segunda quincena del mes siguiente.
Debate jurídico
Como su base imponible se superpone con la de Ingresos Brutos, hay un debate histórico sobre si la TISH es realmente una tasa (que requiere contraprestación concreta del municipio) o un impuesto encubierto. La Corte Suprema y los tribunales superiores provinciales han fallado en distintos sentidos en función de cada ordenanza municipal: el contribuyente puede discutir el cobro cuando el municipio no presta efectivamente el servicio de inspección.
Errores frecuentes
- No habilitar el local antes de empezar a operar: multas y clausura.
- Olvidar pagar el mínimo en meses sin facturación: genera deuda automática.
- No actualizar el rubro: si la actividad real cambia, la alícuota aplicable también.