entes
ARCA
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ex AFIP).
ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) es el organismo del Estado nacional argentino encargado de la recaudación, fiscalización y control de los tributos federales y de la actividad aduanera. Es la autoridad de aplicación de prácticamente todo el sistema tributario nacional.
Fue creada a fines de 2024 por el Decreto 953/2024, en reemplazo de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos). La continuidad jurídica es total: las normas, formularios, claves fiscales y obligaciones siguen vigentes; solo cambió el nombre, la estructura organizativa y la marca institucional. Por eso es habitual ver referencias a "ARCA (ex AFIP)".
Estructura interna
ARCA se organiza en tres direcciones principales:
- Dirección General Impositiva (DGI): administra los tributos internos (IVA, Ganancias, Bienes Personales, Monotributo).
- Dirección General de Aduanas (DGA): controla importaciones, exportaciones y derechos aduaneros.
- Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social (DGRSS) ( recauda los aportes y contribuciones que financian el SIPA, obras sociales y ANSSAL.
Tributos que administra
- IVA
- Ganancias
- Bienes Personales
- Monotributo
- Impuestos Internos, Combustibles, Cheque, derechos de importación y exportación.
- Aportes y contribuciones de la seguridad social.
Acceso y autenticación
- Clave Fiscal: credencial de autenticación con niveles de seguridad (1 a 4) para acceder a los servicios web. La mayoría de los módulos operativos requieren nivel 3 o superior.
- Domicilio Fiscal Electrónico (DFE): buzón oficial donde ARCA notifica intimaciones, requerimientos y resoluciones. Su consulta periódica es obligatoria.
Módulos de liquidación y declaración
Son los servicios transaccionales donde el contribuyente determina sus obligaciones y presenta declaraciones juradas.
1. Portal IVA (IVA Simple)
Sistema integral obligatorio para responsables inscriptos y exentos. Confecciona el Libro de IVA Digital y genera la DDJJ mensual (F. 2051). Precarga los comprobantes electrónicos emitidos y recibidos, permite importar archivos CSV (controladores fiscales), cargar percepciones, ajustar crédito/débito y computar pagos a cuenta como el ITC. Si no hubo movimientos, igual debe presentarse "Sin Movimiento".
2. Libro de Sueldos Digital (LSD)
Herramienta excluyente para liquidar haberes y generar la DDJJ de cargas sociales (F. 931). El empleador parametriza sus conceptos internos asociándolos a los códigos oficiales de ARCA. Es estricto con conceptos complejos: por ejemplo, el SAC proporcional (código 120003) exige cargar los días efectivamente trabajados en el semestre o se rechaza la liquidación.
3. Ganancias Personas Humanas: Portal Integrado
Servicio web para la determinación e ingreso del Impuesto a las Ganancias anual de personas físicas y sucesiones indivisas. Desde la Inocencia Fiscal 2026 opera con dos flujos:
- Régimen general: F. 711, con detalle exhaustivo de patrimonio y consumo.
- DDJJ Simplificada: F. 2711, con datos precargados por ARCA que el contribuyente valida, ajusta y paga.
4. Ganancias Personas Jurídicas
Aplicativo específico (versión 20.0) para que las Sociedades confeccionen su DDJJ corporativa anual (F. 713). Permite trasladar el resultado del Balance Comercial, hacer ajustes impositivos, declarar rentas de fuente extranjera, aplicar normas NIIF e imputar el Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios como pago a cuenta.
5. Monotributo (Portal Único)
Entorno cerrado de los pequeños contribuyentes. Unifica en un solo VEP la obligación nacional y, si corresponde, el componente de Ingresos Brutos vía Monotributo Unificado. Genera la credencial de pago oficial con CUR de 12 dígitos y es donde se realiza la recategorización semestral obligatoria (hasta el día 5 de febrero y agosto). Ver Monotributo.
6. Bienes Personales: Acciones y Participaciones Societarias
Aplicativo exclusivo para sociedades, empresas y fiduciarios de fideicomisos no financieros. Operan como Responsable Deuda Ajena (sustituto): la empresa liquida y paga el Impuesto sobre los Bienes Personales en nombre de sus socios o accionistas, generando el F. 899/A sobre el patrimonio o acciones al 31 de diciembre.
7. SICORE y SIRE: Sistemas de Retenciones
Cuando un contribuyente actúa como agente de retención o percepción (por ejemplo, factura A con leyenda "Operación sujeta a retención"), debe retener fondos a cuenta de IVA o Ganancias. El Sistema de Control de Retenciones (SICORE) y el Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) declaran esos fondos vía F. 744 y emiten los certificados para entregar a los sujetos retenidos.
8. SIFERE WEB: Módulo DDJJ (Convenio Multilateral)
Administrado por la Comisión Arbitral (no por ARCA, pero forma parte del ecosistema operativo). Liquida Ingresos Brutos para contribuyentes de Convenio Multilateral: DDJJ mensuales (CM03/CM04), DDJJ anual (CM05) con coeficientes unificados y la nueva Presentación Simplificada para una sola actividad en dos jurisdicciones.
9. SIFERE WEB: Módulo Consultas
Complemento del módulo de DDJJ. Permite ver el historial de presentaciones y, sobre todo, consultar las retenciones y percepciones sufridas para descontarlas del saldo a pagar. Centraliza los regímenes provinciales: SIRCREB (retenciones bancarias), SIRCAR (tarjetas), SIRPEI (importaciones) y SIRTAC.
10. Administración de Puntos de Venta y Domicilios
Módulo troncal para que exista la liquidación. Según la RG 5824/2026, ningún contribuyente puede facturar si no da de alta sus puntos de emisión y los vincula obligatoriamente a un establecimiento físico (domicilio declarado) o a una actividad económica. Esta parametrización habilita a Comprobantes en Línea, cuya facturación migra automáticamente al Portal IVA.
Facturación: qué cambió con la RG 5866/2026
La Resolución General 5866/2026 (Boletín Oficial del 29/06/2026, vigencia general desde el 01/07/2026) reordena el régimen de emisión de comprobantes. Los puntos que impactan al día a día del contribuyente:
- Vigencia general desde el 1 de julio de 2026 (RG 5866/2026, BO 29/06/2026).
- Umbral de $10.000.000: las operaciones de importe igual o superior exigen identificar al adquirente con DNI, CUIL o documento equivalente.
- Identificación con CUIT sin importar el monto cuando el comprobante se necesita para deducir el gasto en la DDJJ de Ganancias.
- Liquidación electrónica mensual incorporada dentro de la RG 1415: ciertos sujetos pueden facturar sus operaciones en forma individual o por período mensual a cada adquirente, prestatario o locatario.
- Cronograma escalonado: aseguradoras desde septiembre de 2026; entidades financieras, administradoras de tarjetas y otros participantes del sistema de pagos entre octubre y diciembre de 2026; algunas operaciones específicas se completan en marzo de 2027.
Norma oficial: Boletín Oficial, RG 5866/2026. Ver también el resumen operativo de las novedades del mes en Novedades impositivas de julio 2026 y la nota sobre el CAE de ARCA.
Módulos de gestión de saldos, pagos y cuentas corrientes
Complemento financiero de las DDJJ: mientras los módulos anteriores determinan la obligación, estos sirven para auditar, compensar y pagar los saldos resultantes.
CCMA: Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos
Cuenta corriente exclusiva para pequeños contribuyentes y autónomos. Permite ver deuda, calcular intereses por pagos fuera de término, reimputar pagos mal aplicados y generar VEP para cancelar obligaciones atrasadas.
Atención: si se tributa bajo Monotributo Unificado (Nación + Provincia + Municipio), no usar CCMA para abonar la cuota: solo paga el componente nacional y deja la parte provincial impaga.
SCT: Sistema de Cuentas Tributarias
Cuenta corriente impositiva del Régimen General (responsables inscriptos y sociedades). Refleja el resultado de las DDJJ presentadas: deuda exigible, pagos ingresados, devoluciones y, sobre todo, compensaciones (usar saldo a favor de un impuesto para cancelar otro).
Está profundamente interconectado: el saldo de libre disponibilidad y las compensaciones registradas en el SCT se trasladan automáticamente al Portal IVA al confeccionar la DDJJ mensual.
Otros servicios transversales
- Mis Comprobantes / Comprobantes en Línea: emisión y consulta de facturación electrónica.
- Mis Retenciones (RG 5617/2024): visualización de retenciones y percepciones sufridas a nivel nacional.
- Mis Facilidades: adhesión a planes de pago.
- SIRADIG (F. 572 Web): declaración de cargas de familia y deducciones para empleados en relación de dependencia.
Cómo funcionan en equipo
Los módulos de liquidación (Portal IVA, Ganancias, LSD, etc.) le informan a ARCA la situación del contribuyente y determinan el impuesto. Luego, CCMA o SCT se usan para auditar, compensar o gestionar el pago de los saldos resultantes.
Sitio oficial
El portal sigue accesible en www.afip.gob.ar (URL histórica conservada) y en el dominio institucional de ARCA.
Mapa del portal ARCA
El portal concentra decenas de servicios con nombres poco intuitivos (Sistema Registral, CCMA, SIRADIG, SISA, RELI). El siguiente árbol de carpetas los ordena para que sepas dónde vive cada trámite antes de entrar a buscarlo. Está curado para contadores y PyMEs: se excluye Aduana operativa (SIM/MALVINA, Depositario Fiel) y los regímenes de mineras y petroleras grandes. RUCA (SENASA), IERIC y SIRCUPA (Comisión Arbitral) no dependen de ARCA y se aclaran al pie del árbol.
Todas las ramas arrancan colapsadas. Usá "Expandir todo" para ver el mapa completo o abrí solo la categoría que te interesa.
No lo administra ARCA (aclaración)
- RUCA: Registro Único de la Cadena Agroindustrial Cárnica. Lo administra SENASA, no ARCA.
- IERIC: Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción. Organismo paraestatal independiente (Ley 22.250).
- SIRCUPA: Régimen de retención de Ingresos Brutos sobre billeteras virtuales. Lo administra la Comisión Arbitral (Convenio Multilateral), no ARCA.
- Impuesto PAIS: Derogado en diciembre de 2024 por Ley 27.743. Ya no es un régimen vigente.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
- ¿Desde qué monto hay que identificar al consumidor final?
- Desde el 1 de julio de 2026, por la RG 5866/2026, las operaciones de importe igual o superior a $10.000.000 exigen identificar al adquirente con DNI, CUIL o documento equivalente. Además, debe identificarse con CUIT sin importar el monto cuando el comprobante se necesita para deducir el gasto en la DDJJ de Ganancias.