mecanismos
Liquidaciones agrícolas
Régimen sectorial: granos (LPG/LSG), carnes y lácteos.
Por qué hay un régimen especial
La cadena agropecuaria tiene una característica particular: el productor (chico, disperso, muchas veces monotributista o RI con poca estructura administrativa) le vende a un operador concentrado (acopio, frigorífico, usina). Para evitar evasión y asegurar la recaudación, el fisco invirtió la lógica: el comprador es el que emite el comprobante y retiene los impuestos en el acto.
Granos: LPG y LSG
Es el régimen más desarrollado y modelo para el resto.
- Liquidación Primaria de Granos (LPG): RG 3419: la emite el comprador (acopio, cooperativa, exportador) cuando le compra al productor primario. Es obligatoria, electrónica y se valida contra ARCA con el CTG (Código de Trazabilidad de Granos) que acompañó al transporte.
- Liquidación Secundaria de Granos (LSG): RG 4536: cubre las operaciones entre intermediarios (acopio que le revende a otro acopio o al exportador). Cierra la trazabilidad del grano hasta el puerto.
Sobre cada liquidación se aplican retenciones automáticas de:
- IVA (RG 2300): la alícuota efectiva depende de si el productor está en el RFOG o no. Estar inscripto baja drásticamente la retención.
- Ganancias (RG 2118): retención sobre el bruto, también con alícuota diferencial según RFOG.
Carnes
Las operaciones de hacienda en pie y de faena se documentan con la liquidación de compra de hacienda (RG 3873 y modificatorias). El frigorífico o consignatario inscripto en el RUCA (Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial) actúa como agente de retención de IVA y Ganancias. Sin RUCA vigente, no se puede operar en blanco en la cadena cárnica.
Lácteos
La leche cruda tiene su propio régimen: la usina láctea emite la liquidación al tambero por la entrega quincenal o mensual de leche. Hay retenciones de IVA y Ganancias diferenciadas por escala del tambo y régimen tributario. Existe un sistema de información (SIGLeA) que cruza volúmenes declarados con planta y productor.
Registros obligatorios
- RFOG (Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Granos y Legumbres Secas, RG 4310): da acceso a alícuotas reducidas de retención y a la devolución sistémica del IVA retenido. Estar fuera del registro implica retenciones más altas y bloqueo del IVA retenido.
- RUCA (Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial, dependiente de la Secretaría de Agricultura): obligatorio para frigoríficos, consignatarios, matarifes, despostaderos. Sin RUCA vigente no hay liquidación válida.
- SISA (Sistema de Información Simplificado Agrícola, RG 4310): integra RFOG, padrón de productores, declaración de superficie y estimación de cosecha. Categoriza al productor (estado A, B, C) y eso modula las alícuotas de retención.
Cómo impacta en tu DDJJ
Las retenciones de IVA y Ganancias practicadas en la liquidación quedan en "Mis Retenciones" de ARCA y se computan como pago a cuenta en la DDJJ del período (igual que cualquier otra retención: ver Percepciones y retenciones). Por la naturaleza del negocio (alta facturación, márgenes ajustados, IVA a tasa reducida en algunos productos) es muy común que el sector tenga saldo a favor estructural de IVA, que se canaliza por la devolución sistémica del RFOG.
Para quién aplica
Si sos productor agropecuario y vendés a un operador inscripto, vas a recibir liquidaciones en lugar de tener que emitir facturas. Si vendés directo al consumidor final (carne en gancho a una carnicería minorista, por ejemplo), seguís emitiendo factura común. Para entender el marco general de retenciones, ver Percepciones y retenciones.